El
Pleno de la LXV Legislatura del Congreso del Estado, aprobó la iniciativa de
decreto presentada por el Grupo Legislativo Mixto “Partido Revolucionario
Institucional (PRI) – Partido Verde Ecologista de México (PVEM)”, con la que se
reforma y adicionan diversas disposiciones al Código Penal para el Estado de
Veracruz, para ampliar el listado de circunstancias agravantes de la penalidad
en casos de violación y pederastia.
Con
41 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó el dictamen
emitido por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.
De
acuerdo con las consideraciones del dictamen, publicado en la Gaceta
Legislativa número 42, esta reforma contribuirá a disminuir y erradicar
conductas lesivas para el conjunto social, a través de fijar sanciones más
severas para los que cometan los mencionados delitos de naturaleza sexual.
El
6 de junio pasado, a nombre de su Grupo Legislativo, la diputada Erika Ayala
Ríos, presentó la iniciativa que, en sus palabras, responde a la justa demanda
ciudadana de castigar ejemplarmente a quienes atentan contra la libertad
sexual, el libre desarrollo de la personalidad y la integridad física de todas
las personas, y más aún, cuando las víctimas son niñas, niños y adolescentes,
sin importar también la edad de mujeres adultas y jóvenes.
A
partir de la entrada en vigencia de este Decreto se considerarán agravantes de
la pena, si dichos delitos se realizan en vehículos de transporte público de
pasajeros o en otros que presten un servicio similar; en lugares despoblados o
solitarios; derivado del allanamiento de la morada de la víctima; y al interior
de instituciones educativas o en establecimientos públicos o privados en los que
se preste el servicio de auxilio o refugio o tratamiento de personas, si dichos
delitos son cometidos por personal de las mismas.