Con
31 votos a favor, 16 en contra y cero abstenciones, el Pleno de la Sexagésima
Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, aprobó la reforma al
artículo 230 Bis del Código Financiero para el Estado de Veracruz, referente a
la concesión de tiendas de alimentos en las escuelas, presentada el pasado 20
de junio por el diputado Víctor Emmanuel Vargas Barrientos, integrante del
Grupo Legislativo de MORENA.
La
Comisión Permanente de Educación y Cultura estimó procedente la iniciativa que
garantizará la transparencia y control de los ingresos que se capten por el otorgamiento
de las concesiones de las tiendas para venta de alimentos, dentro de los espacios
físicos de los planteles educativos.
Al
debatir el dictamen, en lo general y en lo particular, participaron como
oradores las y los diputados Judith Pineda Andrade, Rodrigo García Escalante, Víctor
Emmanuel Vargas Barrientos, Juan Carlos Molina Palacios, Bingen Rementería
Molina, Brianda Kristel Hernández Topete, Rubén Ríos Uribe, Montserrat Ortega
Ruiz, María Josefina Gamboa Torales, Ivonne Trujillo Ortiz y Deisy Juan
Antonio.
De
acuerdo con la reforma aprobada, el Código Financiero estatal fijará que las
licitaciones para las concesiones de estas tiendas, se apegarán a lo dispuesto en
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes
Muebles del Estado.
La
Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) fijará los lineamientos y parámetros
para llevar a cabo tal procedimiento y un Comité de Licitaciones responsable de
la convocatoria, en términos de los criterios propuestos y el encargado de
emitir el fallo correspondiente en el respectivo proceso.
El
Comité de Licitaciones estará integrado por el Secretario de Educación;
subsecretario de Educación Básica; subsecretario de Educación Media Superior y
Superior; del Director Jurídico de la SEV, así como por un representante de la
sociedad de padres de familia y un representante del Consejo Estatal de
Participación Social.
Los
ingresos obtenidos por concepto de concesiones de tiendas para la venta de
alimentos, en las escuelas del sistema público del Estado, se destinarán al
mantenimiento y conservación de la infraestructura física de los mismos y servicios
correlacionados, así como para las consecuentes tareas de supervisión
educativa, apoyo a la gestión docente y programas que se determinen en los
Lineamientos que dicte la autoridad educativa local.
La
SEV será la que reciba, administre y realice la comprobación de los recursos a
los que se refiere el presente numeral, para estos efectos el 70 por ciento de
los recursos obtenidos se aplicará al mantenimiento y conservación de la
infraestructura física de los planteles educativos públicos; el 20 por ciento a
las tareas de supervisión educativa y apoyo a la gestión docente en los
sectores y zonas de las modalidades educativas públicas mencionadas; y el 10
por ciento restante, a programas que se determinen en los lineamientos que
dicte la autoridad educativa local.
El
Presidente de la Mesa Directiva, diputado José Manuel Pozos Castro, ordenó
emitir el Decreto correspondiente y enviarlo al Ejecutivo para su publicación
en la Gaceta Oficial del Estado.