El Pleno de la LXV legislatura aprobó, durante su décima sesión ordinaria, la reforma a los artículos 100 y 101 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder legislativo del Estado, propuesto por integrantes la Junta de Coordinación Política (Jucopo), con la cual se establece que los dictámenes con proyecto de Acuerdo presentados por las diferentes Comisiones y por la Jucopo, serán sometidos a votación económica, quedando sin efecto la votación nominal.
Esta disposición será exceptuada cuando haya una petición de un diputado, secundada por tres diputados más, en donde de ser el caso, se llevará a cabo la votación de manera nominal.
Asimismo, se determinó que los dictámenes con Proyecto de ley, Decreto o Iniciativa ante el Congreso de la Unión, continuarán siendo sometidos a votación nominal, tanto en lo general como en lo particular.
De igual forma se derogó la fracción V del artículo 101 del citado Reglamento, toda vez que ha perdido vigencia, debido a que actualmente para la aprobación de reformas constitucionales parciales sólo se requiere de un periodo ordinario, y no de dos, como se establecía anteriormente.
En su Dictamen, la Comisión Permanente de Gobernación afirmó que con estas reformas se busca el desempeño más ágil y dinámico de las sesiones legislativas, beneficiando el desahogo del orden del día.
El Dictamen registró 31 votos a favor, 3 en contra y sin abstenciones.